lunes, 16 de mayo de 2011

Afiliación Familiar

Los Leones somos una familia

Por: Federico Nakachi Morimoto(*)

Atendiendo al pedido de muchos Compañeros Leones, que nos han escrito, llamado o pedido para que les consigamos información sobre el Programa de Afiliación Familiar, me complace hacerles la presente  entrega, con el deseo de que pudiera servirles de utilidad.

La Asociación Internacional de Clubes de Leones, en el marco de sus acciones de Extensión y Aumento de Socios, ha creado un interesante mecanismo de incorporación de nuevos socios, denominado  Programa de Afiliación familiar , el cual ofrece a las familias la oportunidad de unirse a un club de Leones, por invitación, pagando una cuota reducida.

El programa está ideado para los socios existentes que desean invitar a otros miembros de su familia a unirse al club y para los clubes que desean ampliar su servicio comunitario con la participación de más familias de la comunidad a la que sirven. Este programa está sujeto a las disposiciones y procedimientos que se describen a continuación.

1. De conformidad con el programa de Afiliación Familiar, la definición de elegibilidad para las "familias" será la siguiente:

Una familia incluye todos los miembros que vivan en el mismo hogar y estén emparentados por nacimiento, matrimonio, adopción u otra relación legal, como padres, hijos, cónyuges, tíos y tías, primos, abuelos y parientes políticos y demás personas a cargo del cabeza de familia.

2. El Programa de Afiliación está abierto a los miembros de la familia que sean mayores de edad, vivan en la misma casa y que pertenezcan al mismo club o deseen ingresar en el club en el que sea socio un miembro de la familia. Los familiares deben ser invitados por el club y aprobados por la junta directiva del club.

En el caso de familiares mayores de edad pero menores de 26 años, no se requiere que residan en el mismo hogar si están cursando estudios superiores o prestando servicio militar en su país.

3. El primer familiar pagará la cuota de ingreso y las cuotas internacionales íntegras  (así como las cuotas propias del club, distrito o distrito múltiple). Los familiares subsiguientes, hasta cuatro más, que reúnan los requisitos que se explican en los párrafos 1 y 2 anteriores, quedarán exentos de las cuotas de ingreso y sólo pagarán la mitad de las cuotas internacionales. Todos los socios familiares que califiquen serán socios activos con todos los derechos y privilegios.

4. Para calificar para el pago reducido de las cuotas per cápita semestral, un socio familiar tiene que estar debidamente certificado como socio familiar antes del 31 de mayo y el 30 de noviembre, para que la factura que se envíe al club refleje el régimen de cuotas familiares para dicho ciclo de facturación del año fiscal.

5. En el caso de clubes recién constituidos, el primer socio familiar tendrá que pagar las cuotas normales de ingreso o fundación, pero los socios familiares subsiguientes que reúnan los requisitos definidos en los párrafos 1 y 2 anteriores,  quedarán exonerados del pago de las cuotas de fundación. Para que pueda constituirse un nuevo club usando el régimen de cuotas de afiliación familiar, debe tener un mínimo de 10 socios que paguen las cuotas íntegras.

De conformidad con los estatutos internacionales, se requiere que los socios sean mayores de edad. Por consiguiente, no se aceptará el ingreso de socios adolescentes y menores de edad. En estos casos, se alienta a los clubes a que patrocinen clubes Leo para estos familiares menores de edad.

6. Para verificar los requisitos de elegibilidad y de residencia en el mismo hogar, el secretario del club cumplimentará un formulario de certificación de unidad familiar y certificará el parentesco de cada socio familiar que se acoja a este programa. El formulario de solicitud está disponible en el sitio Web como parte del WMMR  (Informe de Movimiento de Socios Electrónico), y también puede remitirse por correo usando la copia impresa del formulario del Informe Mensual de Movimiento de Socios.

7. Los clubes que ingresen más de 10 socios familiares en un mes, tendrán que remitir documentación adicional a la oficina internacional confirmando la elegibilidad de dichos socios para el programa de afiliación familiar, y dichos socios no serán inscritos en los registros de afiliación hasta que se hayan examinado los documentos.

8. Cada vez que un informe de Movimiento de Socios, bien sea electrónico o en copia impresa, muestre el alta o baja de un socio familiar que pueda cambiar la condición de elegibilidad de los miembros de la familia, la oficina internacional enviará al secretario del club un formulario para verificar si la familia sigue reuniendo los requisitos para la cuota de régimen familiar.

9. Las unidades de socios familiares, según establece el Programa de Afiliación Familiar y el Régimen de Cuotas Familiares, recibirán solamente una copia de la revista LION y una carpeta para nuevo socio. No obstante, cada socio recibirá un certificado de afiliación y un prendedor de solapa.

10. Los socios familiares estarán sujetos a la regla de un año y un día para el cálculo de delegados del club.

11. Los clubes que violen las estipulaciones del Programa de Cuotas de Afiliación Familiar o que ingresen socios familiares con la finalidad de manipular la fuerza del voto de los delegados, tendrán que pagar las cuotas íntegras de todos los socios familiares del club que hubieran sido descontadas a partir del ingreso de dichos socios. Además, la asociación se reservará el derecho de prohibir a tales clubes la participación en el Programa de Cuotas Familiares por dos años consecutivos. Consulte la página XIII-22 para obtener más información sobre la afiliación de la familia y la mujer.



(*) Ex Gobernador Distrito H-4(PERU)
Asesor Nacional Relaciones Públicas
Distrito Múltiple H-Perú
http://leonismoblogdetoshi.blogspot.com
Informes@clubdeleonesperuh4.com
http://www.clubdeleonesperuh4.com/


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